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PROTECCIÓN DE DATOS EN ACCIONES DE MARKETING
DIRECTO.
Yolanda Hernández Socorro
Directora Gerente de VirtualB.com
Septiembre 2003
Las leyes de protección de datos buscan
garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento
de los datos personales, las libertades públicas
y los derechos fundamentales de las personas físicas,
y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
Con respecto al párrafo anterior, corren nuevos
tiempos para los datos personales, el auge que experimenta
la utilización de Internet ha desencadenado un crecimiento
de las denuncias interpuestas por el uso fraudulento de
datos en la Red. Desde hace unos meses a esta parte, a pesar
de estar vigente la ley desde el año 1999, se ha
convertido en hábito encontrar multitud de conferencias,
seminarios y cursos relacionados con la Protección
de Datos de Carácter Personal. De repente, ha llegado
el temor al sector empresarial y este servicio se ha convertido
en moda la cartera de cualquier compañía auditora
y consultora.
Muchos empresarios, totalmente ignorantes al respecto,
sobre todo por el nivel de información que se les
ofrece , siguen almacenando datos de clientes, personas
físicas, sin tomar ningún tipo de medidas
en cuanto a ellos. Es fundamental, por parte de la Agencia
de Protección de Datos y por los organismos competentes
al respecto, promover el correcto uso de los ficheros, ya
que se están produciendo acciones que perjudican
a todos los profesionales que nos dedicamos a este medio.
Por poner un ejemplo de un hecho que nos afecta a casi todos,
un reciente estudio de la Unión Europea reveló
que el correo electrónico no solicitado causa perjuicios
económicos a los usuarios de todo el mundo en el
orden de 10 billones de euros, y es que el volumen de spam
al que deben hacer frente los usuarios de ordenadores ahora,
sobrepasó por lejos la simple molestia, implicando
pérdidas de productividad significativas así
como costos tecnológicos para las empresas del mundo
entero.
En el caso que afecta a la materia que nos ocupa, el Marketing,
sobre todo en aquellos Centros de Atención al Cliente
y también dentro de las acciones de Marketing Directo,
como puedan ser las campañas de e-mail Marketing,
se debe tener muy presente todos los aspectos jurídicos
relacionados. Es conveniente hacer entender que las sanciones,
a pesar de que todavía la actividad inspectora de
la Agencia de Protección de Datos es prácticamente
nula y actúa bajo denuncias, son bastante costosas,
pudiendo ir desde los 601,01€ a 601.012,10 €,
dependiendo de la infracción y la gravedad de la
misma, convirtiéndose así España en
el país del mundo con la legislación más
dura a este respecto.
El usuario y nuestros clientes cada vez son más
recelosos con sus datos, y exigen un uso correcto de los
mismos. Cumplamos con la ley y su reglamentación
vigente y no corramos riesgos innecesarios que puedan desembocar
en sanciones imposibles de asumir por la inmensa mayoría
de las PYMES.
Un ejemplo en nuestra región de lo que estamos hablando,
es el advertido por La Cámara de Comercio de Santa
Cruz de Tenerife que, en un comunicado del pasado mes de
Agosto, aseguraba que el 95 por ciento de las pequeñas
y medianas empresas no habían dado de alta sus ficheros
automatizados con datos de carácter personal,
en la Agencia de Protección de Datos, como exige
la ley. Bien sea dicho que este panorama es común
al que ofrece el resto de nuestro país, argumentándose
por parte de los afectados que son muy elevados los costes
de implantación, existencia de una falta de información
y desconocimiento sobre las obligaciones que impone la ley...etc
Yolanda Hernández Socorro
Directora Gerente de VirtualB.com
yhernandez@virtualb.com
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